La reforma ya es ley y el 1 de enero de 2027 es la primera fecha real

La reforma constitucional para reducir la jornada se publicó en el Diario Oficial de la Federación el 3 de marzo de 2026 y la reforma a la Ley Federal del Trabajo el 1 de mayo de 2026. Lo que resta de 2026 es periodo de preparación: la jornada máxima sigue en 48 horas. A partir del 1 de enero de 2027 baja a 46 horas semanales y, ese mismo día, entra en vigor la obligación de llevar un registro electrónico de la jornada (el "reloj checador"). Un contrato que todavía pacta 48 horas o que no menciona el registro electrónico queda desalineado con la ley desde el primer día del año.

Qué dice la ley: obligación, costo y sanción

Concepto Qué establece
Jornada máxima 40 horas semanales (art. 59, LFT), con reducción gradual: 46 h en 2027, 44 h en 2028, 42 h en 2029 y 40 h en 2030.
Jornada diaria Se mantiene: 8 horas diurna, 7 nocturna y 7.5 mixta (art. 61, LFT).
Salario La reducción no puede implicar disminución de salario ni de prestaciones.
Registro electrónico Registrar electrónicamente la hora de inicio y fin de la jornada de cada trabajador y tenerlo a disposición de la autoridad (art. 132, fracción XXXIV, LFT).
Sanción De 250 a 5,000 UMA por no llevar el registro electrónico (art. 994, fracción IV Bis, LFT).
Monto con UMA 2026 De $29,327.50 a $586,550 (UMA 2026 de $117.31).

Calendario de la reducción

Desde Jornada máxima semanal Tope de horas extra a la semana
2026 (transición) 48 horas 9 horas
1 de enero de 2027 46 horas 9 horas
1 de enero de 2028 44 horas 10 horas
1 de enero de 2029 42 horas 11 horas
1 de enero de 2030 40 horas 12 horas

En ningún caso la jornada ordinaria más la extraordinaria puede superar 12 horas en un día, y las personas menores de edad no pueden trabajar tiempo extra.

Por qué el contrato tiene que cambiar

  • La jornada pactada ya no es legal: Un horario de lunes a sábado de 8 horas suma 48 horas. Desde enero, todo lo que pase de 46 horas se considera tiempo extraordinario y debe pagarse como tal.
  • El registro electrónico vale más si está pactado: La ley le da valor de prueba plena al registro cuando se acredita que fue acordado entre patrón y trabajadores. El contrato o la adenda es el documento que acredita ese acuerdo.
  • La carga de la prueba es del patrón: En un juicio, la empresa debe probar la duración de la jornada (art. 784, LFT). Un contrato desactualizado y sin registro deja a la empresa sin defensa ante reclamos de horas extra.
  • La distribución de horas se pacta: La reforma permite distribuir las horas semanales de común acuerdo (art. 58, LFT). Si el acuerdo no está por escrito, no existe.
  • No basta con el contrato individual: El contrato colectivo, el reglamento interior de trabajo y las políticas de asistencia también deben ajustarse a la nueva jornada.

Ojo: la STPS todavía debe publicar las disposiciones generales que definirán a quiénes aplica el registro electrónico y sus excepciones. Al cierre de esta edición no se han publicado en el DOF. Eso no frena el ajuste del contrato: la jornada de 46 horas aplica desde el 1 de enero sin esperar ningún lineamiento.

Qué debe incluir tu adenda o convenio modificatorio

  • ✅ Jornada semanal de 46 horas para 2027 y el horario por día.
  • ✅ Distribución de las horas acordada entre la empresa y el trabajador.
  • ✅ Cláusula expresa de que la reducción no disminuye el salario ni las prestaciones.
  • ✅ Sistema de registro electrónico: cómo se registra la entrada y la salida, quién lo resguarda y cómo consulta el trabajador sus registros.
  • ✅ Conformidad del trabajador con el sistema de registro, para que tenga valor de prueba plena.
  • ✅ Reglas de tiempo extra: autorización previa por escrito, topes y forma de pago.
  • ✅ Compromiso de ajuste anual hasta llegar a 40 horas en 2030.
  • ✅ Aviso de privacidad si el registro usa huella, rostro o geolocalización.

Checklist rápido para revisar tus contratos

  • ✔️ ¿Tus contratos individuales ya señalan una jornada máxima de 46 horas para 2027?
  • ✔️ ¿Tienes firmada una adenda o convenio modificatorio con cada trabajador?
  • ✔️ ¿El contrato reconoce el registro electrónico de jornada y el trabajador lo aceptó por escrito?
  • ✔️ ¿Queda claro que el salario y las prestaciones no se reducen?
  • ✔️ ¿Las horas extra requieren autorización previa y respetan el tope de 9 horas semanales?
  • ✔️ ¿Ya actualizaste el contrato colectivo y el reglamento interior de trabajo?
  • ✔️ ¿Tu reloj checador es electrónico y guarda la hora de entrada y salida de cada trabajador?

Preguntas rápidas

Pregunta Respuesta breve
¿Cuándo baja la jornada? El 1 de enero de 2027, de 48 a 46 horas semanales. Llega a 40 horas en 2030.
¿Desde cuándo es obligatorio el registro electrónico? Desde el 1 de enero de 2027. La STPS emitirá las disposiciones sobre a quiénes aplica y sus excepciones.
¿Puedo bajar el sueldo por reducir horas? No. La reducción no puede disminuir salario ni prestaciones.
¿Tengo que firmar un contrato nuevo? No necesariamente. Basta una adenda o convenio modificatorio firmado con cada trabajador.
¿Sirve una lista de asistencia en papel? No. La ley exige un registro electrónico de entrada y salida.
¿Cuánto es la multa? De 250 a 5,000 UMA: de $29,327.50 a $586,550.

En resumen: El 1 de enero de 2027 la jornada máxima baja a 46 horas y el registro electrónico de jornada se vuelve obligatorio. El contrato o la adenda es el documento que fija la nueva jornada, protege el salario y le da valor de prueba al registro. Quedan pocas semanas de 2026 para firmarlo con cada trabajador.

Siguiente paso: Si tus contratos todavía pactan 48 horas, en SISMA Consultores te preparamos la adenda o convenio modificatorio y te ayudamos a alinear el contrato colectivo, el reglamento interior y el registro electrónico de jornada. Somos una firma mexicana especializada en compliance y cumplimiento normativo en materia laboral, de seguridad y salud en el trabajo.

Fundamento y fuentes

  • Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos: artículo 123, apartado A, fracciones IV y XI (reforma DOF, 3 de marzo de 2026).
  • Decreto de reforma a la Ley Federal del Trabajo en materia de reducción de la jornada laboral (DOF, 1 de mayo de 2026).
  • Ley Federal del Trabajo: artículos 58, 59, 61, 66, 68, 132, fracción XXXIV; 784; y 994, fracción IV Bis.
  • Artículo Quinto Transitorio del Decreto: las disposiciones generales del registro electrónico entran en vigor el 1 de enero de 2027.
  • Unidad de Medida y Actualización (UMA) 2026: $117.31.