La reforma ya es ley y el 1 de enero de 2027 es la primera fecha real
La reforma constitucional para reducir la jornada se publicó en el Diario Oficial de la Federación el 3 de marzo de 2026 y la reforma a la Ley Federal del Trabajo el 1 de mayo de 2026. Lo que resta de 2026 es periodo de preparación: la jornada máxima sigue en 48 horas. A partir del 1 de enero de 2027 baja a 46 horas semanales y, ese mismo día, entra en vigor la obligación de llevar un registro electrónico de la jornada (el "reloj checador"). Un contrato que todavía pacta 48 horas o que no menciona el registro electrónico queda desalineado con la ley desde el primer día del año.
Qué dice la ley: obligación, costo y sanción
| Concepto | Qué establece |
|---|---|
| Jornada máxima | 40 horas semanales (art. 59, LFT), con reducción gradual: 46 h en 2027, 44 h en 2028, 42 h en 2029 y 40 h en 2030. |
| Jornada diaria | Se mantiene: 8 horas diurna, 7 nocturna y 7.5 mixta (art. 61, LFT). |
| Salario | La reducción no puede implicar disminución de salario ni de prestaciones. |
| Registro electrónico | Registrar electrónicamente la hora de inicio y fin de la jornada de cada trabajador y tenerlo a disposición de la autoridad (art. 132, fracción XXXIV, LFT). |
| Sanción | De 250 a 5,000 UMA por no llevar el registro electrónico (art. 994, fracción IV Bis, LFT). |
| Monto con UMA 2026 | De $29,327.50 a $586,550 (UMA 2026 de $117.31). |
Calendario de la reducción
| Desde | Jornada máxima semanal | Tope de horas extra a la semana |
|---|---|---|
| 2026 (transición) | 48 horas | 9 horas |
| 1 de enero de 2027 | 46 horas | 9 horas |
| 1 de enero de 2028 | 44 horas | 10 horas |
| 1 de enero de 2029 | 42 horas | 11 horas |
| 1 de enero de 2030 | 40 horas | 12 horas |
En ningún caso la jornada ordinaria más la extraordinaria puede superar 12 horas en un día, y las personas menores de edad no pueden trabajar tiempo extra.
Por qué el contrato tiene que cambiar
- La jornada pactada ya no es legal: Un horario de lunes a sábado de 8 horas suma 48 horas. Desde enero, todo lo que pase de 46 horas se considera tiempo extraordinario y debe pagarse como tal.
- El registro electrónico vale más si está pactado: La ley le da valor de prueba plena al registro cuando se acredita que fue acordado entre patrón y trabajadores. El contrato o la adenda es el documento que acredita ese acuerdo.
- La carga de la prueba es del patrón: En un juicio, la empresa debe probar la duración de la jornada (art. 784, LFT). Un contrato desactualizado y sin registro deja a la empresa sin defensa ante reclamos de horas extra.
- La distribución de horas se pacta: La reforma permite distribuir las horas semanales de común acuerdo (art. 58, LFT). Si el acuerdo no está por escrito, no existe.
- No basta con el contrato individual: El contrato colectivo, el reglamento interior de trabajo y las políticas de asistencia también deben ajustarse a la nueva jornada.
Ojo: la STPS todavía debe publicar las disposiciones generales que definirán a quiénes aplica el registro electrónico y sus excepciones. Al cierre de esta edición no se han publicado en el DOF. Eso no frena el ajuste del contrato: la jornada de 46 horas aplica desde el 1 de enero sin esperar ningún lineamiento.
Qué debe incluir tu adenda o convenio modificatorio
- ✅ Jornada semanal de 46 horas para 2027 y el horario por día.
- ✅ Distribución de las horas acordada entre la empresa y el trabajador.
- ✅ Cláusula expresa de que la reducción no disminuye el salario ni las prestaciones.
- ✅ Sistema de registro electrónico: cómo se registra la entrada y la salida, quién lo resguarda y cómo consulta el trabajador sus registros.
- ✅ Conformidad del trabajador con el sistema de registro, para que tenga valor de prueba plena.
- ✅ Reglas de tiempo extra: autorización previa por escrito, topes y forma de pago.
- ✅ Compromiso de ajuste anual hasta llegar a 40 horas en 2030.
- ✅ Aviso de privacidad si el registro usa huella, rostro o geolocalización.
Checklist rápido para revisar tus contratos
- ✔️ ¿Tus contratos individuales ya señalan una jornada máxima de 46 horas para 2027?
- ✔️ ¿Tienes firmada una adenda o convenio modificatorio con cada trabajador?
- ✔️ ¿El contrato reconoce el registro electrónico de jornada y el trabajador lo aceptó por escrito?
- ✔️ ¿Queda claro que el salario y las prestaciones no se reducen?
- ✔️ ¿Las horas extra requieren autorización previa y respetan el tope de 9 horas semanales?
- ✔️ ¿Ya actualizaste el contrato colectivo y el reglamento interior de trabajo?
- ✔️ ¿Tu reloj checador es electrónico y guarda la hora de entrada y salida de cada trabajador?
Preguntas rápidas
| Pregunta | Respuesta breve |
|---|---|
| ¿Cuándo baja la jornada? | El 1 de enero de 2027, de 48 a 46 horas semanales. Llega a 40 horas en 2030. |
| ¿Desde cuándo es obligatorio el registro electrónico? | Desde el 1 de enero de 2027. La STPS emitirá las disposiciones sobre a quiénes aplica y sus excepciones. |
| ¿Puedo bajar el sueldo por reducir horas? | No. La reducción no puede disminuir salario ni prestaciones. |
| ¿Tengo que firmar un contrato nuevo? | No necesariamente. Basta una adenda o convenio modificatorio firmado con cada trabajador. |
| ¿Sirve una lista de asistencia en papel? | No. La ley exige un registro electrónico de entrada y salida. |
| ¿Cuánto es la multa? | De 250 a 5,000 UMA: de $29,327.50 a $586,550. |
En resumen: El 1 de enero de 2027 la jornada máxima baja a 46 horas y el registro electrónico de jornada se vuelve obligatorio. El contrato o la adenda es el documento que fija la nueva jornada, protege el salario y le da valor de prueba al registro. Quedan pocas semanas de 2026 para firmarlo con cada trabajador.
Siguiente paso: Si tus contratos todavía pactan 48 horas, en SISMA Consultores te preparamos la adenda o convenio modificatorio y te ayudamos a alinear el contrato colectivo, el reglamento interior y el registro electrónico de jornada. Somos una firma mexicana especializada en compliance y cumplimiento normativo en materia laboral, de seguridad y salud en el trabajo.
Fundamento y fuentes
- Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos: artículo 123, apartado A, fracciones IV y XI (reforma DOF, 3 de marzo de 2026).
- Decreto de reforma a la Ley Federal del Trabajo en materia de reducción de la jornada laboral (DOF, 1 de mayo de 2026).
- Ley Federal del Trabajo: artículos 58, 59, 61, 66, 68, 132, fracción XXXIV; 784; y 994, fracción IV Bis.
- Artículo Quinto Transitorio del Decreto: las disposiciones generales del registro electrónico entran en vigor el 1 de enero de 2027.
- Unidad de Medida y Actualización (UMA) 2026: $117.31.