¿Aplicaste la NOM-035 en 2024? Tu evaluación ya caducó

La NOM-035 cumplió siete años y la evaluación vence cada dos

La NOM-035-STPS-2018 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el 23 de octubre de 2018 y entró en vigor en dos etapas: el 23 de octubre de 2019 (política, medidas de prevención e identificación de trabajadores expuestos a acontecimientos traumáticos severos) y el 23 de octubre de 2020 (identificación y análisis de factores de riesgo psicosocial, evaluación del entorno organizacional, programa y registros). Este 23 de octubre la norma cumplió siete años en vigor. El problema es que muchas empresas aplicaron los cuestionarios una vez y los archivaron: la norma exige repetir la identificación y el análisis al menos cada dos años. Si tu última aplicación fue en 2024, vence en este 2026; si fue en octubre de 2024 o antes, ya está vencida.

Qué dice la norma: obligación, costo y sanción

Concepto Qué establece
Política de prevención Establecer por escrito, implantar, mantener y difundir una política de prevención de riesgos psicosociales, de prevención de la violencia laboral y de promoción de un entorno organizacional favorable (numeral 5.1).
Acontecimientos traumáticos severos Identificar a los trabajadores que los vivieron durante o con motivo del trabajo y canalizarlos para su atención (Guía de Referencia I).
Identificación y análisis Obligatoria a partir de 16 trabajadores; en centros de más de 50, además se evalúa el entorno organizacional (numeral 5.2 y capítulo 7).
Periodicidad Al menos cada dos años (numeral 7.9).
Registros Conservar los resultados, las medidas de control adoptadas y el registro de los trabajadores sometidos a evaluación clínica (numeral 5.8).
Sanción De 250 a 5,000 UMA por incumplir las normas de seguridad y salud en el trabajo (art. 994, fracción V, LFT).
Monto con UMA 2026 De $29,327.50 a $586,550 (UMA 2026 de $117.31).

Qué cuestionario te toca según tu plantilla

Trabajadores del centro de trabajo Cuestionarios Qué más debes tener
Hasta 15 Guía I (acontecimientos traumáticos severos). No se aplica cuestionario de factores de riesgo. Política, medidas de prevención, difusión y canalización de los trabajadores identificados.
De 16 a 50 Guía I y Guía II (factores de riesgo psicosocial). Todo lo anterior, más análisis de resultados, medidas de control, programa cuando aplique, registros y resultados a disposición de los trabajadores.
Más de 50 Guía I y Guía III (factores de riesgo y entorno organizacional). Puede aplicarse a una muestra representativa. Todo lo anterior, con análisis por categoría, dominio y dimensión, e informe de resultados.

El número se cuenta por centro de trabajo, no por empresa. Los cuestionarios se aplican completos, no por secciones. Las guías de referencia admiten otros instrumentos que cumplan los requisitos de la norma, pero ante una inspección las guías oficiales son la vía más segura.

Por qué tu evaluación de 2024 ya no te protege

  • La norma le pone fecha de caducidad. El numeral 7.9 obliga a repetir la identificación y el análisis al menos cada dos años. Un resultado de 2024 deja de acreditar cumplimiento en 2026.
  • La plantilla cambia. Si en dos años pasaste de 40 a 60 trabajadores, ya no te basta la Guía II: te toca la Guía III y la evaluación del entorno organizacional.
  • Los resultados obligan a actuar. Cuando el nivel de riesgo sale medio, alto o muy alto, la norma exige un programa de intervención. Una evaluación sin programa ni seguimiento es un incumplimiento documentado por la propia empresa.
  • La STPS revisa evidencia, no intenciones. En una inspección se piden la política firmada, la evidencia de difusión, los cuestionarios, los resultados, el programa y los registros. Sin fecha vigente, no hay cumplimiento.
  • Los acontecimientos traumáticos no esperan dos años. Si ocurre un asalto, un accidente grave o una agresión en el trabajo, debes identificar y canalizar a los trabajadores expuestos en ese momento.

Ojo: la NOM-035 no exige registrarse ante la STPS ni obtener un certificado. Lo que exige es tener el expediente al día en el centro de trabajo y poder mostrarlo en una inspección.

Programa de intervención: qué hacer según el resultado

Nivel de riesgo Qué exige la norma
Nulo o despreciable No se requieren medidas adicionales.
Bajo Dar mayor difusión a la política de prevención y a los programas de prevención.
Medio Revisar la política y los programas de prevención, y reforzar su aplicación y difusión mediante un programa de intervención.
Alto Analizar cada categoría y dominio, implementar un programa de intervención con evaluaciones específicas y campañas de sensibilización.
Muy alto Análisis detallado de categorías y dominios, programa de intervención con evaluaciones específicas, campañas de sensibilización y revisión de la política.

El programa debe señalar las áreas y los trabajadores a los que aplica, las acciones y medidas de control, las fechas programadas, el control de avances, la evaluación posterior y los responsables de su ejecución.

Lo que debe tener tu expediente NOM-035

  • Política de prevención de riesgos psicosociales firmada por la dirección, con fecha y evidencia de difusión.
  • Guía I aplicada y, en su caso, canalización de los trabajadores identificados.
  • Guía II o III según tu plantilla actual, aplicada dentro de los últimos dos años.
  • Resultados calificados y su informe, a disposición de los trabajadores.
  • Medidas de prevención y control, y programa de intervención cuando el nivel de riesgo lo exige.
  • Mecanismos seguros y confidenciales para recibir quejas y denuncias de violencia laboral.
  • Registros de resultados, medidas adoptadas y trabajadores sometidos a evaluación clínica.
  • Evidencia de difusión y capacitación: listas de asistencia y constancias DC-3.

Sin DC-3 de difusión, el cumplimiento queda en el aire

La norma obliga a difundir y proporcionar información a los trabajadores sobre la política, las medidas adoptadas, los mecanismos para presentar quejas, los resultados y las posibles alteraciones a la salud por la exposición a factores de riesgo psicosocial. Un cartel en la pared no prueba quién lo leyó. La evidencia más sólida es la capacitación registrada: si el curso de NOM-035 forma parte de tu plan y programas de capacitación, la constancia de competencias DC-3 de cada trabajador acredita que la información llegó y deja el tema alineado con tu DC-2.

Preguntas rápidas

Pregunta Respuesta breve
¿Cada cuánto se aplican los cuestionarios? Al menos cada dos años (numeral 7.9).
¿Con 15 trabajadores o menos aplico cuestionario? No el de factores de riesgo. Sí la Guía I, la política, las medidas y la difusión.
¿Se cuenta por empresa o por centro de trabajo? Por centro de trabajo.
¿Tengo que registrarme o certificarme ante la STPS? No. Debes tener el expediente actualizado y disponible para una inspección.
¿Puedo aplicar la encuesta a una muestra? Solo en centros de más de 50 trabajadores, con la fórmula que establece la norma.
¿Cuánto es la multa? De 250 a 5,000 UMA: de $29,327.50 a $586,550.

En resumen

La NOM-035 cumplió siete años y su evaluación no es de una sola vez: se repite al menos cada dos años. Si tus cuestionarios son de 2024 o antes, tu expediente ya no acredita cumplimiento. Actualizarlo implica revisar la política, aplicar la guía que corresponde a tu plantilla actual, atender los resultados con un programa cuando lo exigen y documentar la difusión con constancias DC-3.


Siguiente paso

Si tu última evaluación de NOM-035 tiene más de dos años, en SISMA Consultores actualizamos tu expediente completo: política, aplicación y calificación de cuestionarios, informe de resultados, programa de intervención y capacitación de difusión con DC-3. Somos una firma mexicana especializada en compliance y cumplimiento normativo en materia laboral, de seguridad y salud en el trabajo.

Fundamento y fuentes

  • NOM-035-STPS-2018, Factores de riesgo psicosocial en el trabajo-Identificación, análisis y prevención (DOF, 23 de octubre de 2018): numerales 5, 7 y 8, y Guías de Referencia I, II y III.
  • Transitorios de la NOM-035-STPS-2018: entrada en vigor escalonada el 23 de octubre de 2019 y el 23 de octubre de 2020.
  • Ley Federal del Trabajo: artículos 132, fracción XVI; 153-A; 153-V; y 994, fracción V.
  • Reglamento Federal de Seguridad y Salud en el Trabajo: artículos 43 y 55.
  • Unidad de Medida y Actualización (UMA) 2026: $117.31.